Medidas Cautelares en Juicios de Ejecuciones Fiscales. Nuevo Plazo
- luzcabreraestudiop
- 11 jun
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ARCA, a través de la Diposiciòn 120/25, modifica el procedimiento para la traba de medidas cautelares en los juicios de ejecución fiscal.
Esta disposición representa un cambio de paradigma – se transita de ejecuciones inmediatas a un sistema más equitativo y transparente, alineado con la facilitación y regularización voluntaria.
Impacto de la Disposición ARCA 120/2025 sobre medidas cautelares

Para empresas y contribuyentes esto implica:
reforzar canal de notificaciones electrónicas,
adoptar un seguimiento proactivo de ejecución fiscal,
garantizar capacidad de pago rápido frente a notificaciones, y
revisar posibles autorizaciones judiciales que habiliten la traba anticipada.
Interpretación y recomendaciones
Mayor previsibilidad: El nuevo plazo de 48 hs otorga tiempo real para que el contribuyente revise la demanda de ejecución y presente excepciones.
Notificaciones electrónicas: El uso del DFE es esencial – si llega el detalle de la deuda, hay 5 días para pago previo a la traba.
Medida anticipada limitada: Solo posible en situaciones excepcionales (distancia o falta de oficiales) y con autorización judicial.
Acción proactiva sugerida: revisar periódicamente el DFE, mantener pagos al día, y preparar defensas o planes de pago previos.
Fuente: Disposiciòn 120/25 (ARCA)



