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Nuevo límite para consumidores finales: ARCA sube el tope a $10 millones

  • luzcabreraestudiop
  • 11 jun
  • 2 Min. de lectura

La AFIP, a través de la Resolución General (ARCA) 5710/2025 publicada el 10/06/2025, actualiza los parámetros del régimen de percepción de IVA para grandes superficies comerciales.

La medida duplica el monto a partir del cual los consumidores deben identificarse, simplificando el proceso para operaciones habituales.


¿Qué establece la RG (ARCA) 5710?

Eleva de $5 millones a $10 millones el umbral por operación para presumir que un comprador es “consumidor final” en el régimen de percepción del IVA. Esta modificación entra en vigor el 1° de julio de 2025.


Aplica únicamente a ventas realizadas por supermercados, hipermercados, minimercados y mayoristas del rubro (CLAE 471110, 471120, 471130 y 463180).


¿Cómo impacta en las empresas?

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🔧 Empresas alcanzadas deben:

  • Actualizar sus sistemas de facturación electrónica y percepción.

  • Verificar la correcta clasificación de clientes.

  • Capacitar al personal para aplicar la presunción de consumidor final según el nuevo tope.

  • Registrar adecuadamente aquellas operaciones que superen el límite.


¿Qué cambia para los consumidores finales?

✅ Menos requisitos: Ya no deberán identificarse en compras de hasta $10 millones.

✅ Mayor agilidad: Se reduce el tiempo en línea de cajas y trámites innecesarios.


⚠️ Excepciones: Si el vendedor sospecha que no es una compra de consumo final (por volumen, frecuencia, etc.), puede seguir exigiendo identificación, sin importar el monto.


Vigencia y recomendaciones

Entrada en vigor: 1° de julio de 2025.


Recomendación a empresas: implementar la actualización de manera anticipada para evitar errores o contingencias ante la AFIP.


Conclusión

Esta medida reduce la carga operativa para empresas del rubro retail y mejora la experiencia de compra para los consumidores, en línea con una simplificación fiscal progresiva.

No obstante, las empresas deberán asegurarse de aplicar correctamente los nuevos criterios para evitar sanciones o percepciones mal aplicadas.


Fuente: RG 5710 (ARCA)

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