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ARCA Y CABA Implementan el Sistema Único Tributario para Pequeños Contribuyentes (Monotributo Unificado ARCA-CABA)

  • luzcabreraestudiop
  • 3 oct
  • 2 Min. de lectura

La Resolución General Conjunta (ARCA-AGIP) 5769/2025 establece que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se suma al Sistema Único Tributario (SUT), integrando en una sola gestión el Monotributo nacional y el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos CABA.


✔ Alcance

  • Aplica a pequeños contribuyentes con domicilio fiscal en CABA que estén inscriptos en el Monotributo y, a la vez, en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos local.


✔ Adhesión

  • La inscripción será a través del portal Monotributo de ARCA.


Se generará una credencial única de pago (F.1520) con un Código Único de Revista (CUR) que incluye:

  • Monotributo nacional.

  • Aportes previsionales y de obra social (si corresponde).

  • Ingresos Brutos CABA.


✔ Gestión Conjunta

  • Los contribuyentes podrán gestionar ambos impuestos (monotributo e ingresos brutos) desde la plataforma “Monotributo”, con interoperabilidad entre la AFIP y la AGIP.


✔ Pago

  • El importe fijo mensual de Ingresos Brutos CABA se abonará junto con la cuota del Monotributo.

  • Se aplicarán las mismas modalidades de pago y débitos automáticos que en el régimen nacional.


✔ Categorías y recategorización

  • La categoría de Ingresos Brutos CABA será la misma que la del Monotributo nacional.

  • Las recategorizaciones, tanto voluntarias como de oficio, tendrán efecto en ambos regímenes.


✔ Modificaciones de datos

  • Cambios de domicilio o actividad deberán informarse electrónicamente dentro de 10 días.

  • El alta o baja en CABA se hará de oficio cuando el contribuyente traslade su domicilio fiscal dentro o fuera de la jurisdicción.


✔ Exclusiones y bajas

  • La exclusión de oficio del Monotributo nacional implicará también la exclusión en CABA, y viceversa.

  • La baja automática por falta de pago en el Monotributo alcanzará también al régimen de CABA


✔ Procedimientos simplificados

  • La inscripción, categorización, recategorización, pago y exclusión se realizarán automáticamente o mediante procedimientos unificados, evitando trámites duplicados.


✔ Entrada en vigencia

  • El sistema será operativo a partir del 1° de enero de 2026.

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