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Dolarización de Saldos a Favor de Impuestos Nacionales y Reintegros de Exportación

  • luzcabreraestudiop
  • hace 2 días
  • 1 Min. de lectura

El Ministerio de Economía ha instruido a la ARCA sobre la implementación de un mecanismo para que los contribuyentes puedan expresar en dólares estadounidenses los saldos a favor de impuestos nacionales vinculados a operaciones de comercio exterior y los Reintegros a la Exportación.


Puntos Clave de la Norma:

  • Saldos Incluidos: Aplica a los saldos acumulados hasta el 31 de octubre de 2025, inclusive.

  • Tipo de Cambio de Dolarización: Se utilizará el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina (BNA) vigente al 18 de noviembre de 2025.

  • Plazo para Ejercer la Opción: Los contribuyentes tienen tiempo para optar por la dolarización hasta el 1° de marzo de 2026.

  • Utilización de los Saldos: A partir del 1° de enero de 2027, los saldos dolarizados podrán ser utilizados para:

  • Compensación contra tributos interiores y aduaneros.

  • Solicitud de devolución.

  • Tipo de Cambio para Compensación/Devolución: Se aplicará el tipo de cambio comprador del BNA del día anterior a la fecha de la operación.


    Esta medida busca otorgar una herramienta de estabilidad de valor a los exportadores frente a la acumulación de créditos fiscales en pesos.


    Fuente: Resol (ME) 1834/2025

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