top of page

La deuda previsional que se puede resolver: todo sobre el nuevo régimen de regularización laboral

  • hace 5 días
  • 3 min de lectura

Desde el 16 de junio de 2026, los empleadores del sector privado pueden comenzar a adherirse al Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), creado por la Ley 27.802 de Modernización Laboral y reglamentado en detalle por la ARCA a través de la Resolución General 5862/2026. El sistema tiene fecha de cierre: 28 de noviembre de 2026. Después de esa fecha, la ventana se cierra.


¿De qué se trata?

El PER permite regularizar relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas —empleados en negro o con sueldos declarados por debajo de lo que realmente se les paga— a cambio de una quita significativa sobre la deuda previsional acumulada.


Están comprendidas todas las relaciones laborales del sector privado iniciadas hasta el 5 de marzo de 2026 y vigentes al momento de la adhesión, incluyendo aquellas detectadas en inspecciones, aunque la deuda esté discutida administrativa o judicialmente.


No pueden adherirse quienes ya usaron el PER de la Ley 27.742 (Ley Bases) para los mismos trabajadores.


¿Cuánto se condona?

La quita aplica sobre la deuda por aportes y contribuciones destinados al sistema previsional (SIPA), obras sociales, INSSJP, asignaciones familiares y fondo de empleo:



Los aportes y contribuciones destinados a ART, Seguro Colectivo de Vida Obligatorio y Seguro Nacional de Salud se condonan en su totalidad (100%), independientemente del tamaño del empleador.


¿Y el saldo que queda?

El saldo no condonado puede cancelarse de dos maneras:


Pago al contado: el monto restante se reduce un 50% adicional. Para una micropyme, esto significa que la deuda original queda en apenas el 5% (90% de condonación + 50% sobre el 10% restante).


Plan de facilidades de pago: cuotas mensuales, iguales y consecutivas, a una tasa del 1% mensual.



El importe mínimo de cada cuota y del pago a cuenta es de $50.000. El plan caduca si se acumulan dos cuotas impagas, consecutivas o alternadas.


¿Cómo se hace el trámite?

El procedimiento tiene dos pasos:

1. Registrar al trabajador o rectificar la remuneración en el servicio "Simplificación Registral" de arca.gob.ar, usando los códigos específicos del régimen:


Código 704: Micro y Pequeñas Empresas y ONL

Código 705: Medianas Empresas T1 y T2

Código 706: Demás empleadores

Si se trata de una diferencia de remuneración (sueldo en negro parcial), se ingresa a través de "Declaración en Línea" con el concepto 181000.


2. Presentar las declaraciones juradas (originales o rectificativas) por los períodos a regularizar y adherir al plan de facilidades o formalizar el pago al contado a través del sistema "Mis Facilidades", opción Ley N° 27.802 — Régimen de Regularización Promoción del Empleo Registrado.


Los sistemas estarán disponibles a partir del lunes 16 de junio de 2026.


Qué conviene analizar antes de adherirse

Antes de iniciar el trámite hay tres puntos clave a definir:


  • Verificar la categoría MiPyME vigente. El porcentaje de condonación y las condiciones del plan dependen de la categorización registrada en el sistema de ARCA al momento de presentar las DDJJ. Si el Certificado MiPyME está vencido o no refleja la categoría correcta, conviene regularizarlo primero.


  • Calcular si conviene el pago al contado o el plan. Para quien pueda financiar el pago, la reducción adicional del 50% sobre el saldo no condonado puede ser muy conveniente. Para una micro o pequeña empresa, el costo final al contado puede ser mínimo en relación con la deuda original.


  • Evaluar el período a regularizar. La deuda puede alcanzar obligaciones devengadas hasta octubre de 2026. Cuanto antes se adhiera, más clara queda la situación ante eventuales inspecciones o reclamos laborales.


Una oportunidad con fecha de vencimiento

El PER no es una amnistía irrestricta: requiere que la relación laboral esté vigente, que el empleador haga el trámite correctamente y que cumpla con el plan de pagos si opta por esa modalidad. Pero para quienes tienen situaciones irregulares que arrastran desde hace tiempo, es probablemente la herramienta más favorable que se haya ofrecido en muchos años para resolver ese pasivo de forma ordenada.


El plazo cierra el 28 de noviembre de 2026. Los sistemas abren el 16 de junio. El tiempo para analizar, calcular y decidir es ahora.


Fuente: RG ARCA 5862/2026, B.O. 11/06/2026. Reglamentada sobre la base del Decreto 409/2026 y la Ley 27.802, Título XXII.

bottom of page